9 de mayo de 2013

ARGENTINA - CORRUPCIÓN K - BLANQUEO - PERDÓN LEGAL A QUIENES COBRARON SOBORNOS Y LAVARON EL DINERO - LÁZARO BÁEZ PODRÍA PEDIR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UN ARTÍCULO DE LA NUEVA LEY, Y BLANQUEAR SUS TONELADAS DE DÓLARES Y EUROS SIN NECESITAR TESTAFERROS





LOS KIRCHNERISTAS BLANQUEARÁN SU DINERO ANTES DE QUE APAREZCAN NUEVAS DENUNCIAS POR CORRUPCIÓN


09/05/2013


Un plan de pagos más caro que el 'blanqueo' y un artículo para evitar a Lázaro (Báez) flojo de papeles



Por  ESTEBAN RAFELE desde Buenos Aires



Señor Contribuyente (de Argentina) : 


Si su empresa tiene una deuda con el fisco y quiere regularizarla, puede hacerlo sin condonación alguna y financiándola hasta a diez años, con un interés del 1,35% mensual.

Ahora, si lo que tiene son dólares sin declarar (o usted ni siquiera es contribuyente), puede normalizar su situación sin pagar un peso.

Es más, el Estado le pagará un interés del 4 % anual en dólares, en caso de que suscriba el bono para invertir en energía.


Esta es una de las situaciones contradictorias que se desprenden del Proyecto de Ley que el Ejecutivo envió ayer al Congreso. 

'Si usted debe a la AFIP 'plata' de Cargas Sociales o Impuestos, puede entrar a un plan y pagar', explicó el consultor tributario José Luis Ceteri, del estudio homónimo. 

'Pero no le perdonan nada. En la misma balanza ponen a la pyme que tuvo problemas con aquél que no los tuvo'.

 Así se desprende de la resolución 3451/2013, publicada en el Boletín Oficial hace poco más de un mes, el 25 de Marzo.


La deuda podrá refinanciarse sin quita y con un interés del 1,35 % mensual, o 17% anual, en hasta 120 pagos mensuales.


En el 'blanqueo' de Diciembre de 2008 se incluía una moratoria impositiva.

Se podía 'blanquear' y, si se debía impuestos o se blanqueaba personal, se condonaba la deuda impositiva. La cosa era más pareja', continuó Ceteri.

'Ahora, el que se metió en el plan de pagos verá cómo otros pasarán por una senda mucho más rápida y sin ningún castigo' dijo el profesional .


Hay otro punto distinto al último blanqueo, y es el inciso d) del artículo 15.

Es el apartado en el que se dispone quiénes quedan excluidos del 'blanqueo' : 

Ese punto dispone, entre ellos, a 'los imputados por delitos vinculados con operaciones de 'lavado de dinero' o financiamiento del terrorismo'.

Parece un agregado de apuro para no pegar el plan a la situación procesal del empresario Lázaro Báez, amigo de Néstor Kirchner.

Dos letrados remarcaron que el artículo raya con lo inconstitucional.

'Se aplica una sanción a alguien que está regido por la presunción de inocencia' dijo Gregorio Badeni, abogado constitucionalista.

Un imputado no es un condenado.

Ni siquiera es un procesado, instancia en la que el Juez dispone de semiplena prueba.

Si el imputado por 'lavado' se presenta ante un Juez, el magistrado podría declarar la inconstitucionalidad del artículo.

Así, abriría la puerta para que entren a blanquear las personas no deseadas.


(Fuente : cronista.com)

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