23 de noviembre de 2013
ARGENTINA - PRIMERA MEDIDA DE CAPITANICH : AUMENTO DE IMPUESTOS - AUMENTA 50 % EL PRECIO DE BIENES SUNTUARIOS - SON SUNTUARIOS SI CUESTAN MÁS DE 170.000 PESOS (17.000 DÓLARES) - TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO DE LEY
EL JEFE DE GABINETE, ENCARGADO DEL SUPER - AJUSTE K, SEGÚN EL SINDICALISTA MOYANO ES EL CADETE ("CHE PIBE") DE CRISTINA KIRCHNER
CARRIÓ LO LLAMÓ MENTIROSO
NADIE ENTREVISTÓ A LA ESPOSA DE CAPITANICH, QUE ESTRELLÓ SU AUTO CONTRA LA CASA DE GOBIERNO CHAQUEÑA, CANSADA DE SUS ENGAÑOS
23/11/2013
PARA QUE LOS ARGENTINOS FESTEJEN EL PRIMER AUMENTO DE LAS ALÍCUOTAS IMPOSITIVAS, SE INCREMENTARÁN LOS PRECIOS DE LOS AUTOS LUJOSOS
UNA VEZ QUE SE DECIDIÓ EL PRIMER INCREMENTO IMPOSITIVO Y NADIE SE QUEJÓ, VENDRÁN TODOS LOS DEMÁS
ARGENTINA
PRIMERA MEDIDA DEL NUEVO GABINETE K : AUMENTO DE IMPUESTOS
Bienes Suntuarios
El Ejecutivo envía al Congreso un proyecto que modifica impuestos de autos de alta gama
El Jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, anunció este Viernes que el Poder Ejecutivo enviará a la Cámara de Diputados un proyecto de ley para modificar las alícuotas de Impuestos para Bienes Suntuarios -como autos de alta gama, embarcaciones y aviones- para "desincentivar la adquisición de los mismos".
"Enviaremos hoy (por este Viernes) a la Cámara de Diputados un proyecto de ley con la modificación de la Ley de Impuestos Internos sobre alícuotas variables para bienes suntuarios -autos de alta gama, enbarcaciones y aviones-, con el objeto de establecer mecanismos que signifiquen el desincentivo a la adquisición de los mismos", aseveró Capitanich.
En su segundo contacto con la prensa en Casa de Gobierno, luego de asumir como Jefe de Gabinete, Capitanich dejó en claro que "los que quieran comprar bienes de lujo", deberán saber que "pagarán más".
¿ EN QUE CONSISTE ESTE INCREMENTO IMPOSITIVO ?
El proyecto se circunscribe a los vehículos cuyo valor libre de cargas supere los 170 mil pesos.
Alcanza a automóviles de alta gama, vehículos preparados para acampar, motociclos y velocípedos, así como embarcaciones y aeronaves concebidas para recreo.
Según la norma, se establecerá una alícuota del 50 por ciento sobre los vehículos concebidos para el transporte de personas (excluidos los autobuses, colectivos) los preparados para acampar y los chasis con motor y motores para los vehículos precedentes, cuyo precio sin impuestos es superior a
arg $170.000 y cuyo precio de mercado (venta en concesionarias) es actualmente mayor a arg $ 250 mil.
En el caso de las motos, se aplicará una alícuota de 30% cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los arg $22.000 y 40.000 y en 50 % cuando su precio sin impuestos supere los arg $ 40.000.
Para las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda se establece una alícuota del 30 % cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los
arg $ 22.000 y 170.000 y del 50 % cuando su precio sin impuestos sea superior a
arg $ 170.000.
En el caso de las aeronaves, aviones, hidroaviones, planeadores y helicópteros concebidos para recreo o deporte, se establece una alícuota del 50 % cuando su precio sin impuestos sea superior a arg $ 170.000.
VEA EL TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO DE LEY DEL AUMENTO DE IMPUESTOS PARA VEHÍCULOS
(Fuentes : novanacional.com y parlamentario.com)
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