16 de enero de 2016
ARGENTINA - GOBIERNO DE MACRI MANTENDRÁ LAS AYUDAS A LOS TRABAJADORES DE EMPRESAS CON DIFICULTADES ECONÓMICAS (REPRO)
16/01/2016
El Programa REPRO permite mantener el poder adquisitivo de los sueldos del personal de empresas con problemas económicos.
Las empresas REPRO no pueden concretar despidos de sus empleados.
Los REPRO fueron una medida de emergencia del Gobierno de Duhalde, debido a la crisis económica que se vivía en el país.
La elección del Peronista Néstor Kirchner permitió mantener viva por 12 años más la crisis económica, los salvatajes a empresas y los REPRO, pese al extraordinario alza de los precios internacionales de las materias primas
16/01/2016
ARGENTINA
MACRI DECIDIÓ MANTENER COMPLEMENTO SALARIAL (REPRO) HASTA FIN DEL AÑO 2016
El Gobierno de Argentina prorrogó la vigencia del Programa de Recuperación Productiva (REPRO) hasta el 31 de Diciembre próximo, que comenzó a implementarse hace casi 14 años, según quedó establecido a partir de una resolución del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial.
El Ministerio ratificó, además, que las empresas cuyas solicitudes fueran aprobadas, “se comprometerán a abonar a los trabajadores beneficiarios del Programa el suplemento en dinero necesario para alcanzar el salario establecido para la categoría de que se trate en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad correspondiente”.
“Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 2016, la vigencia del Programa de Recuperación Productiva creado por la Resolución Ministerio de Trabajo N° 481 del 10 de Julio de 2002 y sus modificatorias”, según el primer artículo del texto oficial.
También, las compañías deben comprometerse a “mantener la dotación total de personal registrada al momento de la presentación de su solicitud y/o aprobación de la misma y a abstenerse de disponer despidos sin causa y por razones de fuerza mayor”, según la resolución publicada.
La medida estableció asímismo que la obligación de mantención de la nómina total de personal “podrá ser exceptuada en los casos de las empresas que cuenten en su nómina de trabajadores contratados bajo el régimen del contrato de trabajo de temporada, situación que deberá ser fehacientemente comunicada y acreditada por el empleador al momento de su adhesión, la cual tendrá que estar estrictamente vinculada con la actividad que la empresa desarrolle”.
Trabajo recordó que no podrán ser beneficiarios del Programa las empresas que se encuentren incluidas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) de la ley 26.940.
Del REPRO no podrán ser beneficiarios los trabajadores menores de 18 años. Y podrá disponerse el otorgamiento del beneficio “por un lapso de hasta 12 meses y por una suma fija mensual de carácter remunerativa de hasta el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil, a favor de los trabajadores de las empresas adheridas al Programa”, resaltó la resolución.
El REPRO, vigente desde 2002, está destinado exclusivamente a trabajadores que prestan su labor en sectores privados “en declinación y áreas geográficas en crisis”, y que tiene por objeto brindar una ayuda económica no remunerativa a los mismos en miras a paliar los efectos negativos en su relación de empleo, según el Poder Ejecutivo.
(Fuente : Conciliación Obligatoria)
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