1 de octubre de 2015

ARGENTINA - NUEVO CÓDIGO CIVIL - CAMBIAN LOS TRÁMITES PARA SALIR DEL PAÍS CON MENORES - DECISIONES DE "MIGRACIONES"



01/10/2015



Argentina - Nuevo Código Civil


Cambios en la Salida del País con Menores 




Hay cambios en la reglamentación para la salida de menores de Argentina


Desde ahora los adolescentes a partir de los 13 años desde ahora pueden decidir si quieren salir del país con sus padres o no, para eso al momento de pasar por Migraciones los menores deberán dar su consentimiento expreso para viajar con sus padres.


En el caso de autorizaciones de padres separados se podrá autorizar hasta la mayoria de edad con el solo consentimiento del menor.


Migraciones fijó la postura a adoptar ante posibles casos conflictivos, anticipándose ante la llegada del verano.


El nuevo Código Civil habilita a los menores de 13 años a “participar en las decisiones sobre su persona” y por tanto a negarse a viajar argumentando una razón lógica, enfrentándose a sus padres, lo que obligará a un Juez de Familia a intervenir para definir el desenlace.



Desde Migraciones, si detectan la disconformidad de un adolescente, un funcionario lo entrevistará para saber por qué no quiere viajar y de mantenerse en esa postura avisará a la Justicia de Familia. Ya hubo un caso en Buenos Aires.



La normativa define en sus artículos 25 y 26 que la persona mayor de 13 años y menor de 16 se considera un adolescente y por tanto “tiene derecho a ser oída en todo proceso judicial que le concierne, así como a participar en las decisiones sobre su persona”.



A la hora de salir del país, supone que si bien debe contar con la autorización de ambos padres, a esa autorización se le debe sumar “el consentimiento expreso del menor”, que podrá certificar con un escribano público.



Teniendo presente el antecedente que se dio en Buenos Aires, y ante la cercanía de las vacaciones, desde Migraciones ya especulan con los posibles escenarios con los que podrían encontrarse cuando comience el receso de verano. 



La postura de Migraciones se unificó a nivel nacional con una disposición que publicó el 31 de Julio y se envió a todos los puestos limítrofes.



Allí se fija que el solo hecho de que un adolescente llegue a un puesto limítrofe con sus padres da por sentado que quiere salir del país con ellos, y eso se considera como “consentimiento expreso”.


Sin embargo, la sospecha fundada de un funcionario que pueda hacerlo dudar sobre esa conformidad podrá retrasar el viaje y generar una entrevista con el adolescente.



“Es difícil que haya adolescentes que se nieguen a hacer un viaje con ambos padres. Ahora si surge una causa justificada, que genere un conflicto entre ellos, los padres no podrán obligarlo a viajar y el chico acompañado de un abogado podrá presentarse ante el Juez
.


Este (el Juez), deberá decidir teniendo en cuenta el interés superior del niño, pero también de la familia. Es decir si lo que plantea el joven es un capricho o en verdad lo pone en riesgo”, explicaron desde la Cámara de Apelaciones de Familia.


Otro cambio clave que prevé este código cuando se habla de poder salir del país es que a partir de ahora, la voluntad del adolescente también se contemplará cuando sus padres estén separados y pretenda irse de vacaciones con uno de sus progenitores.



“Antes cuando un padre se negaba a autorizar la salida del país de un hijo, el otro padre debía acudir a la Justicia de Familia y en todo caso se lo habilitaba por ese año y al siguiente se repetía el peregrinaje judicial. Ahora el Juez va a contemplar lo que quiere el adolescente y si éste pide salir con un padre y lo solicita,  podrá obtener una habilitación hasta que sea mayor de edad”, indicaron además.



También se modificará la posibilidad de que esos permisos se otorguen genéricamente, es decir sin definir un destino puntual y en un tiempo estipulado, sino abierto y sin límites.





http://cronicasfueguinas.blogspot.com/2015/09/cambios-en-la-salida-del-pais-con.html

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