25 de septiembre de 2015

HOLANDA, BOLIVIA Y CHILE - SALIDA AL MAR - DEMANDA BOLIVIANA EN EL TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LA HAYA - TRIUNFO BOLIVIANO : EL TRIBUNAL SE DECLARÓ COMPETENTE




SEGURO DE LA SENTENCIA FAVORABLE, EVO MORALES YA LEGALIZÓ SU REELECCIÓN PERPETUA COMO PRESIDENTE BOLIVIANO



25/09/2015







LOS FESTEJOS YA ESTABAN PREPARADOS EN LA PAZ 



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Bolivia - Salida al Mar


La Sentencia de la Corte Internacional de Justicia, desató el júbilo de la población y las autoridades Bolivianas



El Tribunal Internacional de La Haya allanó el camino para el proceso 



Fue rechazada la objeción de Chile y se reanuda la demanda marítima  



Por: ELIZABETH RIVA A. elpais@opinion.com.bo 



LOS 16 MIEMBROS DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ) SE REUNIERON AYER EN SU SEDE, EN LA HAYA, PARA LA LECTURA DEL FALLO FAVORABLE A BOLIVIA



“Por 14 votos a 2, rechaza la objeción presentada por la República de Chile” y “falla que es competente, sobre la base del artículo 31 del pacto de Bogotá, para atender la solicitud presentada por el Estado Plurinacional de Bolivia del 24 Abril del 2013", señala la sentencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), leída ayer en La Haya, por el Presidente de ese tribunal, Ronny Abraham.


Tras escuchar esas palabras, en medio de una gran expectación, miles de bolivianos celebraron el fallo de la CIJ, al igual que el presidente Evo Morales y otras autoridades que escucharon la lectura del mismo mediante el canal estatal BoliviaTV, ayer en la mañana.



Tras la lectura de sus argumentos, la Corte de La Haya se declaró ayer competente para dirimir la demanda planteada por Bolivia contra Chile para que el tribunal declare sobre la obligación de Santiago de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico que el país perdió en la guerra del Pacífico, a fines del siglo XIX.



La Corte determina en su auto que el fondo de la disputa en esta demanda es si Chile está obligada a negociar de buena fe el acceso soberano de Bolivia al océano Pacífico que perdió en 1879 y, si tal obligación existe, si aquel país la ha incumplido.




VOTACIÓN



Según el fallo, que tiene dos puntos, la CIJ decidió por 14 votos contra 2 rechazar las objeciones preliminares presentadas por Chile.


Los Jueces que votaron a favor de Chile son Giorgio Gaja de Italia y Louise Arbour (Juez ad-hoc de Chile).


Determinó igualmente por 14 votos a favor y dos en contra que tiene jurisdicción, en base al Artículo 31 del Pacto de Bogotá, para dar curso a la demanda presentada por Bolivia.



En la lectura de la sentencia, la alta corte de la ONU señala que las cuestiones en disputa entre Chile y Bolivia no son "asuntos ya arreglados por acuerdos entre las partes o por decisión de un tribunal de arbitraje o internacional" ni tampoco por "acuerdos o tratados en vigor en la fecha de la conclusión del Pacto de Bogotá" en el sentido de su Artículo VI, según la agencia EFE.





OBJECIÓN CHILENA 



Chile alegaba en su objeción que la CIJ no era competente para dirimir sobre la demanda de Bolivia porque considera que las cuestiones en disputa, principalmente la soberanía territorial y la naturaleza del acceso de Bolivia al Pacífico, quedaron arreglados por un acuerdo en el Tratado de Paz y Amistad (1904) y que permanecen gobernados por ese Tratado.


Bolivia por contra, insistía en que el único objetivo de la disputa es la existencia de "la obligación de Chile de negociar de buena fe el acceso soberano" del país al mar que perdió en la Guerra del Pacífico en 1879.



La Paz afirma que esa obligación, que se deriva de acuerdos, prácticas diplomáticas y declaraciones atribuibles a Chile durante más de un siglo, existe con independencia del Tratado de Paz.



También considera que la cuestión no ha sido resuelta ni está gobernada por ese Tratado en el significado del Artículo VI del Pacto de Bogotá y que en consecuencia la CIJ tiene jurisprudencia para dirimir el fondo del caso.





PRÓXIMOS PASOS LEGALES 



En consecuencia al fallo dictado por CIJ, el litigio entre Bolivia y Chile en la Corte Internacional, prosigue.


Le corresponde a Chile presentar su contramemoria, en respuesta a la memoria presentada por Bolivia en Abril 2014.


“Por orden de la Corte se determinarán los plazos para las actuaciones subsiguientes”, dijo el Presidente de la CIJ, Ronny Abraham, en la lectura de fallo, ayer.



Plazos



Proceso



La demanda marítima presentada por Bolivia contra Chile, en abril 2013, se encontraba en curso cuando en el Gobierno Chileno decidió objetar la competencia de ese tribunal para atender el caso, lo cual obligó a paralizar temporalmente el caso de fondo.




Memoria



Cumpliendo los plazo, en Abril 2014, Bolivia presentó su Memoria ante la CIJ, que es el documento que contiene los argumentos jurídicos y legales para la demanda, paso siguiente, correspondía a Chile presentar su contramemoria, pero optó por interponer la objeción preliminar.




Contramemoria



Tras el fallo de la CIJ, Chile debe presentar su contramemoria, en el nuevo plazo que será fijado por la Corte.



Posteriormente ambos países ingresarán a la fase de alegatos orales y después el Tribunal ingresará en una etapa de análisis, antes de emitir su fallo en el asunto de fondo, que puede demorar entre tres y cinco años.


(Fuente : http://www.opinion.com.bo/opinion/articulos/2015/0925/noticias.php?id=171601)

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