23 de julio de 2014
ARGENTINA - FUERTE AUMENTO DEL MONOTRIBUTO - SERÁ PARA LAS OBRAS SOCIALES - EL MÍNIMO SUBE A 429 PESOS (25 % DE AUMENTO) - DESDE SETIEMBRE
EL INCREMENTO RESPONDE A LA IDEOLOGÍA DEL GOBIERNO
LOS QUE MENOS VENDEN TENDRÁN UN INCREMENTO DE SU CUOTA DEL MONOTRIBUTO DEL 25 %
PERO LOS MONOTRIBUTISTAS MÁS RICOS SUFRIRÁN UN AUMENTO EN SU CUOTA MENOR AL 3 %
23/07/2014
También aumentaría la cuota de Jubilación Autónomos
El aumento es para las Obras Sociales Sindicales
Argentina - Monotributo :
Suben 87 pesos todas las categorías del Monotributo
La AFIP decidió aumentar en un 60 % el aporte para las Obras Sociales
La cuota más baja -contemplando la cuota a las obras sociales y el aporte jubilatorio- pasa de arg $342 a 429 lo que representa un aumento de hasta 25 % en el régimen simplificado.
El impacto de la suba disminuye a medida que se avanza en las escalas del régimen.
En respuesta al pedido de los gremios, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentó en 60 % el aporte mensual a las Obras Sociales que soportan los Monotributistas.
A través de la resolución general 3.653 publicada en el Boletín Oficial, el fisco nacional decidió elevar de arg $146 a 233 el valor del aporte a las Obras Sociales que realizan los pequeños contribuyentes adheridos en el Monotributo a partir de Septiembre próximo.
Según la resolución general, el cambio en el valor que los trabajadores del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deben pagar se debe a "razones" de "administración tributaria" y a "la necesidad de mantener el debido financiamiento" del sistema para "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas".
Por lo tanto, la cuota más baja (contemplando aporte a las Obras Sociales y aporte jubilatorio) pasa de arg $342 a arg $ 429 lo que representa un aumento de hasta 25 % en la cuota del régimen simplificado.
El Monotributo tiene tres componentes de pago: el impositivo, el previsional y el de Obra Social.
Sólo el primero diferencia los importes a pagar según el monto que factura el contribuyente: por la salud y la jubilación se abona lo mismo tanto en la categoría más baja como en la más elevada.
Por lo tanto, el impacto del aumento disminuye a medida que se avanza en las escalas del régimen.
(Fuente : IProfesional)
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