5 de septiembre de 2012

ARGENTINA -SENADO : SERÁ LEY EL FERIADO DE ESTE 24 DE SETIEMBRE Y PASARÁ A DIPUTADOS EL REGISTRO NACIONAL "NO LLAME" PARA QUE LAS PERSONAS NO SEAN MOLESTADAS POR LOS VENDEDORES TELEFÓNICOS





Será feriado el 24 de Septiembre


El Senado sesiona con una agenda de temas no conflictivos, entre los que se destacan el establecimiento del 24 de Septiembre como feriado nacional, mientras que ya aprobó la designación de Ariel Basteiro como Embajador ante Bolivia.

Uno de los temas centrales de la jornada será el proyecto que declara, por única vez, el 24 de septiembre como feriado nacional por el bicentenario de la Batalla de Tucumán, aprobado por la Cámara de Diputados a principios de Agosto.

Además, los senadores votaron a favor del proyecto que crea el Código Aduanero del Mercosur, que la semana pasada consiguió dictamen de un plenario de comisiones del que participó el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Asimismo, la Cámara de Senadores aprobó y envió a Diputados el proyecto de ley que crea el Registro Nacional "No Llame", para evitar las publicidades no autorizadas a través del servicio de telefonía de voz, datos y texto.

El objeto de la iniciativa es proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados.
 

La legislación alcanza a todos los servicios de telefonía básica, telefonía móvil, servicios de radiocomunicaciones móvil celular, de comunicaciones móviles y de voz IP, así como cualquier otro tipo de servicio similar que la tecnología permita brindar en el futuro.

En el Registro Nacional "No Llame" podrá inscribirse toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios.

La inscripción y baja en el Registro Nacional "No Llame" es gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos, con constancia de la identidad del titular o usuario autorizado, y del número telefónico.

Además, la baja puede ser solicitada por los titulares o usuarios en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos.

Quedan exceptuadas de la ley las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.

La autoridad de aplicación de la norma será la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

(Fuente : ambito.com)

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