28 de diciembre de 2012

ARGENTINA - AFIP ANTI-ESPAÑOLA : LA "GESTAPO" KIRCHNERISTA ATACA A LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS





COMO ES HABITUAL, LA AFIP KIRCHNERISTA DEL - CONFIRMADO POR DECRETO - CONTROVERTIDO ECHEGARAY SE DEDICA A EFECTUAR PERSECUCIONES POLÍTICAS



HACE POCO AFIP LANZÓ UN OPERATIVO CONTRA GENERAL PICO, CIUDAD NATAL DE UN JOVEN QUE HIZO UNA PREGUNTA "MOLESTA" A CRISTINA KIRCHNER EN LA UNIVERSIDAD DE HARVARD


28/12/2012



INVESTIGAN EL USO DE UN CONVENIO BILATERAL ENTRE ARGENTINA Y ESPAÑA POR PARTE DE TERCEROS PAÍSES


La AFIP pone la lupa sobre empresas españolas por fraude impositivo


La AFIP inspecciona empresas controladas por sociedades españolas que podrían ser fachadas, armadas desde otros países para aprovechar un beneficio impositivo


Echegaray sigue cerrando el cerco de los convenios tributarios


La AFIP quiere negociar un nuevo convenio con la administración de Rajoy




Por DOLORES OLVEIRA desde e Buenos Aires





La AFIP está inspeccionando sociedades argentinas que son controladas por sociedades de España, de las que sospecha que son tapaderas de un fraude fiscal para no pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales por la tenencia de las acciones.


 El 21 de Junio pasado, el Gobierno denunció el tratado para evitar la doble imposición con España ya que había sospechas de que algunas de sus cláusulas especialmente beneficiosas estaban siendo utilizadas por empresas de terceros países para eludir el pago de impuestos por sus inversiones en la Argentina, y de ese modo, puso fin a su aplicación.


Pero la AFIP, bajo la dirección de Ricardo Echegaray, no esperó a que el próximo 1 de enero caiga en la práctica el tratado, sino que decidió intentar cobrar Bienes Personales a empresas de accionistas españoles en forma retroactiva, y para ello viene requiriendo información con vistas a exigir pagos del impuesto.


 Joaquín Kersman y Juan Pablo Menna, de Baker & McKenzie Argentina, aseguraron que el fisco "ha efectuado requerimientos de información por períodos anteriores a la derogación del Tratado, orientado a determinar el Impuesto a los Bienes Personales no tributado" por compañías argentinas cuyo accionista es una sociedad holding de España.


Menna añadió que lo que busca la AFIP es determinar si la sociedad española realmente es "operativa" en España, tiene sustancia en ese país, y no existe sólo en los papeles mientras que sus verdaderos dueños son residentes de un tercer Estado que no tiene los beneficios del convenio con el país presidido por Mariano Rajoy.


Por este motivo, la AFIP pregunta, entre otras cosas, por qué la sociedad de España decidió hacer la inversión en la Argentina y otros elementos generales para comprobar la sustancia del negocio.


El convenio contenía una cláusula en virtud de la cual las participaciones en el patrimonio de una sociedad localizada en uno de los estados contratantes sólo podía someterse a imposición en el estado del que su titular era residente.


 "Ello implica que las tenencias de sociedades argentinas por parte de entidades holdings amparadas por el tratado no se encontraban alcanzadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales en Argentina durante los períodos fiscales en los cuales el convenio resultaba aplicable", indicaron Kersman y Menna.


A efectos de poder gozar del beneficio impositivo, el convenio exigía que el titular de las participaciones en el capital de sociedades argentinas fuera residente de la jurisdicción signataria del mismo a la luz de la normativa interna de los países.


 Por lo tanto, ante un eventual cuestionamiento de la aplicación del tratado por parte del fisco argentino "a efectos de reclamar a la sociedad local el pago del Impuesto sobre los Bienes Personales", "la defensa debería estar dirigida a demostrar el cumplimiento de la condición de residente exigida por el convenio para poder gozar de la franquicia impositiva", sostuvieron Kersman y Menna.


A tales efectos, los especialistas consideraron clave la posibilidad de obtener el correspondiente certificado de residencia por parte de las autoridades fiscales de las jurisdicciones involucradas.


Y ante el posible intento de la AFIP de denunciar que la sociedad holding es de papel y aplicar el criterio de realidad económica, dijeron que "el tratado contienen sus propias normas anti-elusión"



(Fuente : cronista.com)

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