31 de agosto de 2012

ARGENTINA : LA AFIP INVESTIGARÁ LOS GASTOS DE QUIENES VIAJEN AL EXTERIOR ¿ DE TODOS O SOLO DE LOS QUE NO SON KIRCHNERISTAS ?






ASÍ PROMOCIONA AEROLÍNEAS "KIRCHNERISTAS" LOS VIAJES AL EXTERIOR

COBRAN EL DÓLAR AL PRECIO OFICIAL (CASI 40 % DE SUBSIDIO)

Y SE PUEDEN PAGAR EN 12 CUOTAS FIJAS SIN INTERÉS

¿ CRISTINA KIRCHNER PAGA LOS SUBSIDIOS A LOS RICOS ?

NO, LOS PAGA LA CLASE MEDIA EMPOBRECIDA ...

Y LOS POBRES NIÑOS DESNUTRIDOS A LOS CUALES EL KIRCHNERISMO NO QUIERE ALIMENTAR

LOS PRODUCTOS DE 1º NECESIDAD SUBEN UN 45 % ANUAL (DATOS DE LA CGT) PORQUE HAY QUE EMITIR PESOS PARA SUBSIDIAR A LOS RICOS ...


ARGENTINA - CONTROL DE VIAJES AL EXTERIOR :


SI SE INVESTIGAN LOS VIAJES Y GASTOS EN EL EXTERIOR DE LOS RICOS KIRCHNERISTAS,  LA MAYORÍA IRÍAN PRESOS POR CORRUPCIÓN


LA NORMA SE UTILIZARÁ SÓLO CONTRA LA GENTE ADINERADA "NO KIRCHNERISTA" QUE APROVECHA LOS SUBSIDIOS QUE EL GOBIERNO ARGENTINO OTORGA A QUIENES PASEAN EN EL EXTERIOR




Afip también cruzará los datos de las tarjetas con las declaraciones juradas 


La resolución 3375 del Boletín Oficial pretende cerrar el control de gastos de los contribuyentes en relación a sus ingresos


AGENCIA Buenos Aires



La Resolución 3375 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), conocida hoy a través del Boletín Oficial, pretende cerrar el control de gastos de los contribuyentes en relación a sus ingresos (consistencia fiscal), al cruzar los datos de las compras efectuadas en el exterior con tarjetas de crédito con las Declaraciones Juradas de Impuestos.

Además, pretende conocer el rubro y el nombre del comercio dónde se hizo el gasto, dato que le permitirá eventualmente verificar los ingresos declarados de mercaderías a través de la Aduana y el pago de los aranceles correspondientes.

Este control forma parte de lo presentado ayer por el titular del organismo, Ricardo Echegaray, que consiste en el recargo de un 15% sobre los gastos en concepto de pago anticipado de impuestos, lo cual fue implementado hoy a través de otra Resolución, la 3378.

Para efectuar la “individualización de consumos” realizados en el extranjero por los titulares, adicionales y beneficiarios de Tarjetas de Crédito emitidas en el país o en el exterior, el organismo dispuso que las entidades administradoras del sistema le hagan llegar mensualmente una serie de listados que contengan : 


a)  La identificación de los usuarios de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país con: * Apellido      y nombres, razón social o denominación.

* Tipo y número de documento 

* Número de tarjeta utilizada

* Cantidad de tarjetas adicionales extendidas

* Monto total de los consumos realizados por el titular y adicionales de la respectiva tarjeta de     crédito y/o de   compra en el país y en el exterior

* Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta   
  en el país y en   el exterior



b) Un detalle de las operaciones en el exterior correspondiente a tarjetas de titulares y de      
    adicionales y beneficiarios de extensioness emitidas en el país con: * Número de tarjeta   
    (TITULAR Y ADICIONAL)

* Fecha de la operación

* Identificación del país

* Monto de la operación en moneda extranjera

* Monto de la operación en pesos

* Nombre del comercio

* Código de rubro


c) El detalle de tarjetas de crédito emitidas en el exterior y sus titulares con: * Apellido y      
    nombres, razón social o denominación. 

* Tipo y número de documento

* Número de tarjeta

* Identificación del país al que pertenece la entidad financiera emisora

* Monto de los consumos realizados por el titular de la respectiva tarjeta

* Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del comercio en el cual se realizaron las     
   operaciones

* Código de Rubro


La AFIP también les solicitó a las administradoras del sistema de tarjetas de crédito detalles de: * los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos a sistemas de tarjeta de crédito.

*Las operaciones por ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios y la    sumatoria de los importes totales de las operaciones realizadas, que hayan sido canceladas mediante la  utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito.


(Fuente : cronista.com)



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