10 de enero de 2014

ARGENTINA - CHUBUT - POLICÍAS DE CHUBUT FUERON A LA JUSTICIA PARA PEDIR AUMENTO DE SUS SUELDOS - 14/2 SALDRÍA EL FALLO QUE SERÍA FAVORABLE A LOS TRABAJADORES - LE COSTARÍA 1.000 MILLONES DE PESOS A LA PROVINCIA




10/01/2014


Argentina - Chubut


En Febrero el STJ resolverá sobre la demanda de 2000 policías que podría costarle mil millones al Estado en retroactivos



RAWSON (ADNSur/Corresponsal) - El próximo 14 de Febrero vence el plazo para la sentencia de la Sala Civil del STJ por el primero de los casos en la demanda interpuesta por unos 2 mil integrantes de la Policía del Chubut al Estado.


La causa del juicio es el incumplimiento de una ley que establece que deben cobrar salarios equivalentes al 88 % de lo que se percibe en la Policía Federal.


La demanda de los policías es retroactiva al año 2006, y según el cálculo realizado por funcionarios del Gobierno, si el Estado pierde el juicio debería pagar una cifra cercana a los mil millones de pesos, en concepto de la diferencia salarial acumulada desde ese año.


 La discusión que debe dirimir el STJ en el primero de los reclamos en orden cronológico pero que actuará como caso testigo para todo el resto, es una cuestión de puro derecho, y consiste en determinar si la ley a la que aluden los abogados de los policías está vigente o no, ya que la respuesta del Gobierno a través de la Fiscalía de Estado es que la norma está derogada por el Digesto Jurídico.


Los policías Chubutenses reclaman el cobro de diferencias salariales que surgen de los dispuesto por el artículo 147 último párrafo de la ley XIX N° 8, ex decreto Ley 1561, con retroactividad al año 2006, cuando observaron que las liquidaciones dejaron de hacerse en cumplimiento de dicha norma, y pretenden que se apliquen los intereses legales que fija el Banco del Chubut.


El artículo al que aluden los demandantes dice que “el personal policial en actividad gozará del sueldo, bonificaciones (suplementos generales y particulares), compensaciones e indemnizaciones que para cada caso determina esta ley y las normas complementarias correspondientes.


Las sumas que percibe un policía por los conceptos señalados precedentemente excepto las indemnizaciones se denominará haber mensual, el que no podrá ser inferior al 88 % de los haberes que percibe la Policía Federal para igual grado o jerarquía”.


(Fuente : adnsur.com.ar)

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