30 de junio de 2012

ARGENTINA : EL "NEGOCIADO" DE LOS BONOS BODEN 2015 QUE SE LE "ADEUDAN" A VENEZUELA







TRAS LA INCORPORACIÓN FRAUDULENTA DE VENEZUELA AL MERCOSUR SE DICE QUE LOS TRES PAÍSES QUE SUSPENDIERON A PARAGUAY PARA INCORPORAR "EN UN TRÁMITE EXPRESS" A VENEZUELA,  ESTARÍAN ASÍ PAGÁNDOLE A CHÁVEZ POR SUS "FAVORES"


AL PARECER LOS "FAVORES" SERÍAN PARA LOS GOBERNANTES DE ARGENTINA, BRASIL Y URUGUAY Y NO PARA LOS PUEBLOS DE TALES PAÍSES


LA DEUDA DE ARGENTINA CON VENEZUELA SERÍA ILEGAL Y SEGÚN EL ESPECIALISTA, Dr. ALBERTO ROBREDO, SERÍA CAUSAL PARA LA DESTITUCIÓN DE LA PRESIDENTA ARGENTINA CRISTINA KIRCHNER




La verdadera deuda de la Argentina con Venezuela 


Por Alberto F. Robredo (*)



Es de señalarse como introducción que este trabajo no juzga conductas de un gobierno extranjero, concretamente Venezuela, que actúa en el tema a tratar en el ámbito de los negocios hayan sido éstos lícitos o ilícitos.

Con la misma perspectiva, es prudente señalar que tampoco animan a Venezuela sentimientos humanitarios o de beneficencia.

Negocios, sólo negocios, sobre los alcances de cuya rentabilidad para Venezuela queda para su análisis por parte de quien se interese por la cuestión.

Esto, sin perjuicio de ilicitudes que puedan existir en el marco del derecho argentino y del venezolano.

Aquí de lo que se trata es de la simulación, por deliberada desinformación, de los alcances del endeudamiento argentino con motivo de los préstamos que proporciona Venezuela, léase Hugo Chávez.

Se adelanta que la gestión Kirchner ha endeudado al país, de modo muchísimo más gravoso que el que trasciende a la opinión pública, así defraudada, que ignora que se están cargando a las espaldas del pueblo argentino importes de alcance desmesurado.

Cuando el país se endeudó con el FMI, recibió fondos, y esos recibidos, exactamente esos, no más ni menos, devengaban intereses, que al momento de cancelación eran del 4,596%.

De similar modo operan los préstamos otorgados por otros organismos multilaterales (Banco Mundial, Banco Interamericano, etc.).

Cuando se recurre al mercado argentino para obtener fondos, el Estado coloca sus títulos sobre la base del rendimiento que ofrece a través de una tasa de interés que el mercado interno está dispuesto a cobrarle.

En definitiva, el Estado se endeuda normalmente por un monto nominal idéntico al del préstamo o la financiación, y se compromete a retribuír al acreedor  mediante "intereses".


Usualmente, cuanto más largo sea el plazo de pago del capital, o cuanta mayor duda de solvencia ofrezca el Estado deudor, mayor será la tasa de interés que este deberá afrontar.

Totalmente distinto es el endeudamiento argentino de la mano del matrimonio Kirchner con Venezuela.

Chávez desembolsó en préstamo 1.000 millones de dólares a favor de Argentina. 


Al recibirlos, la República Argentina le entregó a la República Bolivariana títulos de la deuda pública Argentina--Boden 2015--, pagaderos en 2015, por valor nominal de ¡1.461,9 millones de dólares!

O sea que la República Argentina se comprometió a devolver, sólo de capital, un 46% más de lo que recibió.

A ello cabe adicionar una tasa anual de intereses sobre el monto recibido de Venezuela que oscila entre un 14,86% y un 15,60% anual.

Para hacerlo más claro: de entrada, al recibir el préstamo, Argentina se comprometió a pagar, por capital, U$S 462 por cada U$S 1.000 recibidos y, además, desembolsará aproximadamente un 15% anual de intereses. 

Esto y no otra cuestión es lo que significa que Venezuela le presta a la Argentina recibiendo en cambio títulos de la deuda pública argentina al valor de su cotización en el mercado.

Esto se desinformó al pueblo, esto se ejecutó por decisión del Poder Ejecutivo y apareja responsabilidades personales de todos y cada uno de los funcionarios intervinientes y de todos y cada uno de los miembros del Congreso Nacional que lo hayan tolerado.

Independientemente de la emisión de Boden 2015 para entregarlos al Gobierno de Venezuela, deberán ser objeto de investigación todas y cada una de las recepciones de préstamos por parte del Gobierno Argentino y todas y cada una de las contraprestaciones dadas en títulos a cambio por la administración de los Kirchner, sin perjuicio de las investigaciones que correspondan extender a otras gestiones gubernamentales.

El Código Civil define al dolo como toda aserción de lo que es falso o simulación de lo verdadero (art. 931).

La Constitución Nacional coloca bajo la competencia exclusiva del Congreso Nacional lo atinente a la deuda pública del Estado (arts. 75, incs. 4, 7 y 13, y 85).

Asimismo, incluye en las competencias del Defensor del Pueblo la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados por la Magna Carta (art. 86).

Cabe, por ende, al Congreso y al Defensor del Pueblo hacer la correspondiente investigación e iniciar el enjuiciamiento de la Presidenta de la Nación, según el procedimiento establecido en los artículos 53 y 59 de la Constitución Nacional por mal desempeño o delito en el ejercicio de sus funciones, sin mengua de similar juzgamiento político al Jefe de Gabinete y a los ministros involucrados en esta defraudación al patrimonio nacional.

Dadas las competencias de los diputados y senadores nacionales y del defensor del pueblo, que les asigna la Constitución Nacional en la materia, es de destacar que los respectivos patrimonios particulares de cada uno de ellos responderán al oportuno resarcimiento al tesoro nacional, en el supuesto de tolerancia frente a lo acontecido.

Es de finalizar con el sabio texto dado por Dalmacio Vélez Sársfield al artículo 902 de su inmortal Código Civil: "Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos."


* Ex profesor de Derecho Político y Teoría del Estado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Belgrano. Autor de numerosos trabajos en diarios y órganos especializados, y del libro "El Estado Agredido".


Fuente: diario La Nueva Provincia (Bahía Blanca)


CARACTERÍSTICAS DE LOS BONOS QUE SE LE PAGA A VENEZUELA



Las características de los bonos :


Boden 2015 (RO15) en Dólares Estadounidenses: vence en Octubre del año 2015.

Paga interés anual en Abril y Octubre de cada año. 

Amortización: íntegra al vencimiento. Monto inicial de la emisión: u$s1.301,7 millones.

1 comentario:

  1. Buena nota, averiguando sobre RO15 y para que carajo se emitieron la encontre. Cuanto verso detras del tema del "desendeudamiento"... Saludos! Pablo

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