Argentina :
Nuevas modificaciones para comprar monedas extranjeras
Los turistas sólo podrán adquirir monedas de uso corriente del país de destino
Además, las empresas de transporte o agencias de viaje deberán confirmar los datos entregados por el solicitante
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos requisitos para operaciones con divisas extrajeras y, desde el próximo Lunes 13 de agosto, los turistas sólo podrán adquirir la moneda local que se utiliza en el país de destino.
A partir de la resolución 3356 de la AFIP publicada este Lunes en el Boletín Oficial, se determinó que la persona que quiera viajar al exterior podrá acceder a la "compra de la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino".
"Si se viaja a la República Oriental del Uruguay adquirir pesos uruguayos, si se viaja a la República Federativa del Brasil, reales, a la República del Paraguay, guaraníes", ejemplifica el comunicado.
En la resolución, también se indica que "la compra de moneda extranjera" que se utilizarán para el turismo y viajes al exterior "requerirá que los datos declarados por el potencial adquirente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o, en su caso, por el operador turístico interviniente".
(Fuente : Minuto Uno)
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