EL AUMENTO ESTA FIJADO CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1º DE JUNIO
FRENA LA JUSTICIA SUBA DE 180% EN LA TARIFA DE AGUA DE ABSA
LA MEDIDA CAUTELAR RIGE PARA LOS USUARIOS PLATENSES DEL SERVICIO DE ABSA
La Justicia ordenó a la empresa estatal bonaerense que brinda el servicio de agua y cloacas en nuestra región, Absa, que “se abstenga de aplicar a los usuarios del partido de La Plata” el aumento de las tarifas que debería comenzar a regir el mes próximo.
La suspensión del aumento fue fundada, entre otros factores, en que no se realizó una audiencia pública para debatirlo
Con esa resolución, dictada al hacer lugar a una medida cautelar pedida por usuarios, ha quedado suspendida la aplicación del incremento del 180% sobre las actuales tarifas de Absa que, con vigencia a partir del 1º de junio próximo, se dispuso a través del decreto 245/12 firmado por el gobernador Daniel Scioli.
La suspensión del aumento, vale aclarar, es una medida provisoria, por tratarse de una resolución cautelar de la Justicia que debe aplicarse hasta que en ese ámbito se dicte sentencia sobre la cuestión de fondo (en este caso, la “legalidad” del aumento por haber sido dispuesto sin la realización previa de una audiencia pública).
Por lo demás, dado que Absa es la concesionaria del servicio en cinco distritos de nuestra región y en medio centenar de comunas más, vale destacar que la suspensión del incremento tarifario alcanza expresa y exclusivamente a “los usuarios del partido de La Plata”.
RECURSO Y FUNDAMENTOS
La medida cautelar fue dictada por el juez del fuero contencioso administrativo local Luis Arias, al hacer lugar al recurso de amparo presentado por el diputado provincial Oscar Negrelli (Coalición Cívica), la usuaria María Virginia Pérez y la Defensora Ciudadana de La Plata, Monserrat Lapalma, como patrocinante de cuatro particulares.
La demanda fue fundada en que el incremento en las boletas de Absa se dispuso “sin la necesaria audiencia pública” establecida en la ley 11.820 (que fija el marco regulatorio de la prestación de los servicios de agua y cloacas), y en que tal aumento “vulnera el derechos de los usuarios a un servicio acorde” a ese marco regulatorio, “debido a los reiterados incumplimientos en que ha incurrido” la empresa concesionaria.
Frente a ese reclamo, el magistrado consideró que “se advierte una lesión a los derechos de los usuarios, que se ven afectados por la aplicación de una tarifa establecida sin su participación, por medio del dictado de un decreto” de “sustancia legislativa”. Y tras señalar que la eventual restricción de derechos constitucionales atañe exlusivamente al Poder Legislativo, sostuvo que por lo tanto ese decreto “resulta prima facie violatorio del orden constitucional”.
El juez Arias definió también que, previo a la entrada en vigencia de un nuevo régimen tarifario para “un servicio público esencial y monopólico como el de este caso, se requiere insoslayablemente la realización de una audiencia pública, que permita el conocimiento e información adecuada de parte de los usuarios afectados, de modo de conocer si la tarifa propuesta por el concesionario es justa y razonable y, en su caso, poder ejercer los reclamos administrativos o judiciales pertinentes”.
Por esos y otros argumentos, el magistrado resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, suspendiendo los efectos del decreto 245/12 y ordenar a Absa SA que se abstenga de aplicar a los usuarios... del partido de La Plata el régimen tarifario contemplado en esa norma, todo lo cual implica ajustarse a las tarifas previas al citado reglamento”.
CITACION AL DEFENSOR DEL PUEBLO
Por otra parte, Arias resolvió hacer lugar también a un planteo de “conexidad” presentado en el marco de una causa referida también al aumento tarifario de Absa y originada en una denuncia de la Defensora Ciudadana de La Plata. Y dispuso, en ese contexto, citar al Defensor del Pueblo de la Provincia, Carlos Bonicatto, “para que exprese su voluntad de asumir la representación colectiva de los usuarios”.
(Fuente : diario El Día de La Plata)
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