4 de abril de 2013

ARGENTINA - BUENOS AIRES Y LA PLATA - AFECTADOS POR EL TEMPORAL NO DEBERÁN DEPOSITAR MONOTRIBUTO NI JUBILACIÓN AUTÓNOMOS - SUSPENDERÁN EJECUCIONES FISCALES - LOS BENEFICIOS DEBEN TRAMITARSE EN LA AGENCIA DE AFIP




04/04/2013


Beneficios fiscales para contribuyentes afectados por el temporal en Buenos Aires y La Plata

Los Beneficios deben solicitarse en la Agencia de AFIP, no son automáticos


AFIP suspende por 120 días la iniciación y cobro de juicios de ejecución fiscal para damnificados


AGENCIAS Buenos Aires


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende por 120 días la iniciación y cobro de juicios de ejecución fiscal para aquellos contribuyentes afectados por el temporal.

También difiere, por el mismo lapso, el pago del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y del Régimen de Trabajadores Autónomos, agregó la AFIP en un comunicado.

Los contribuyentes podrán acceder a los beneficios presentando los elementos que acrediten que fueron afectados por el temporal, en la Agencia (de AFIP) en la cual se encuentren inscriptos, explicó la AFIP. 


La medida, implementada mediante la Resolución General 3.475, alcanza a los contribuyentes afectados por el temporal que azotó a la Ciudad de Buenos Aires y a La Plata, fundamentalmente, aclaró.


(Fuente : cronista.com)

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