20 de julio de 2012

ARGENTINA : EN SALTA SERÁ OBLIGATORIA LA ENSEÑANZA DE RELIGIÓN (CATÓLICA) EN TODAS LAS ESCUELAS





Polémica

Es ley la educación religiosa obligatoria en las escuelas salteñas


La Ley fue aprobada por unanimidad en el Senado de la Provincia de Salta

Insta a todos los establecimientos de esa provincia a impartir la enseñanza religiosa dentro del horario de clase


La nueva Ley de Educación Provincial, que la semana pasada obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados, entre otros aspectos introduce la obligatoriedad de enseñar religión en escuelas públicas y privadas, la vuelta al sistema de primario y secundario, extiende la escolaridad tres años (desde la sala de 5 años del jardín de infantes) e introduce la educación humanista.

Si bien la norma fue aprobada por todos los senadores en general, hubo algunas objeciones en la discusión en particular, sobre todo en los artículos relativos a la enseñanza religiosa obligatoria.

Entre ellas se destacaron las de los legisladores radicales José Luis Valle y Silvina Vargas, quienes se opusieron al inciso ñ del artículo 28. 

En él se obliga a las escuelas primarias salteñas a brindar enseñanza religiosa dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores, quienes decidirán sobre la participación de sus hijos o pupilos.

También levantó su voz la titular del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), María José Lubertino, quien envió una carta al Gobierno Salteño en la que sostiene que "el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, previsto por la Constitución Nacional y diversos instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por nuestro país, incluye la libertad de tener creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia", según publicó El Tribuno de Salta en su sitio web.

En tanto, en la Cámara de Diputados los legisladores del PO fueron los que rechazaron la ley y se opusieron a la enseñanza religiosa.


Los artículos polémicos


El artículo 8º del proyecto, en su inciso l, explica que "los padres y en su caso los tutores tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones", en cumplimiento del Artículo Nº 49 de la Constitución de la Provincia de Salta.

En tanto, en el artículo 28º inciso ñ obliga a las escuelas primarias salteñas a "brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa".

La participación primordial de la Iglesia Católica en la educación se ve reflejada en el artículo 9º, cuando la cita como una de las responsables de orientar las acciones educativas, junto a la familia, el Estado provincial y las organizaciones sociales.

(Fuente : paginatres.com.ar) 

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