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6 de septiembre de 2015

ARGENTINA - MODELO PERONISTA K - "VIVEZA CRIOLLA" KIRCHNERISTA PARA BURLARSE DE ENFERMOS TERMINALES Y ANCIANOS - LA TERRIBLE HISTORIA DEL EMPLEADO ADUANERO JUAN WALKER ES LA DE MILES DE ARGENTINOS




CUANDO SE INDAGUE A FUNCIONARIOS COMO ECHEGARAY Y BOSSIO POR EL "CASO WALKER" Y MILES DE CASOS SIMILARES, LA RESPUESTA SERÁ COMO LA DEL CRIMINAL NAZI ADOLF EICHMANN :

   
 "YO SÓLO CUMPLÍA ÓRDENES DE LA FÜHRERIN (CRISTINA KIRCHNER)"


ANSES NO PAGA LAS SENTENCIAS JUDICIALES POR REAJUSTES, ESPERANDO A QUE LOS JUBILADOS Y RETIRADOS MUERAN


AFIP EFECTÚA LA MISMA TÁCTICA, IDEADA POR "LA JEFA"



06/09/2015



Argentina - Criminales Kirchneristas


El enfermo de Echegaray: El caso Walker y el recaudador impasible



Por  Ignacio Montes de Oca y José M. Stella (Eliminando Variables)




¿ Quién es Juan Santiago Walker ?



¿ A quién le importa su nombre ?


¿ Sirve de algo saber que detrás de ese nombre se oculta la historia de 21 años de disputa contra la burocracia estatal, y una década de intentos estériles de despertar algún reflejo de sensibilidad en Ricardo Echegaray, el Director de la Administración Federal de Ingresos Públicos ?  


No la hubo.


Juan Santiago Walker murió el Sábado 5 de Septiembre del 2015.


La morfina que se le administraba para soportar el dolor de una  enfermedad terminal, en conjunto con el destrato del Gobierno y la Justicia, marcaron sus días finales. 


Apelar hasta el infinito, desgastar al “contrincante” de turno, ignorar o desobedecer fallos parece ser casi una constante en muchas reparticiones públicas desde la llegada del Kirchnerismo.



Pese a que funcionarios se llenan la boca de ser respetuosos con la Ley y sus decisiones, como así también la de pagar juicios, la realidad es otra.


Y hasta debió intervenir la Corte Suprema de Justicia de la Nación en este asunto.


Por ejemplo en Mayo del 2014, exhortando a un organismo como el ANSES a que se acaten las sentencias y se agilicen los procesos de pago a jubilados.


El titular de ese ente, respondió que no se modificaría la actitud. El ANSES, es uno de los tantos entes que tiene ese modus operandi.



La Trampa



Juan Santiago Walker entró a trabajar en la Dirección General de Aduanas en 1978 con el legajo 18.100-5.



En 1993 fue trasladado a la oficina de Paso de los Libres y al año siguiente fue dejado en la calle por medio de la Resolución 1040 del 28/4/94 firmada por Gustavo A. Parino, en ese entonces Administrador Nacional de Aduanas.


Se usó como argumento para el despido con causa una investigación del inspector Rolando Mac Lean que acusaba a Walker y otros 14 dos empelados de cometer irregularidades en 168 permisos de exportación hacia Brasil.


El reporte indicaba que “ (…) En lo concerniente al agente Walker, asesor del Administrador local en el área operativa – sector CO. TE.CAR. – no advirtió las irregularidades que se producían en dicho sector, que posibilitaron la concreción de la maniobra, no obstante sus funciones específicas…”.


Sin embargo, a raíz de esa irregularidad, se iniciaron dos causas judiciales que finalmente exoneraron a Walker de su culpa.



En efecto, en los casos caratulados “Empresa Exportadoras-Importadores Krubia S.A. y otros s/Contrabando” (Expte. 1-11662/94), iniciada el 23 de Marzo de 1995 y concluida en marzo de 1999, e “Ixemar y otros s/Contrabando calificado…” (Expte. 226/02) con fallo del 6 de Abril de 2011, se concluyó que el agente aduanero fallecido ayer era inocente.


Otro fallo de la Sala III de Casación avaló ese fallo el 18 de Junio de 2012.


El expediente 14.343 de Casación sobreseyó a Walker de toda responsabilidad luego de 19 años de estar procesado. 


Con el tiempo, aquella remoción de los agentes aduaneros se mostró funcional a una serie de irregularidades que comenzaron a registrarse en ese paso aduanero y que cubrieron de sospecha el despido irregular de los empleados unos años antes.



En tanto duró el reclamo judicial, Walker tuvo que dedicarse a trabajar en puestos de la actividad privada que nada tenían que ver con su experiencia como agente aduanero y dar explicaciones sobre un proceso judicial por corrupción del que se sabía inocente.



De acuerdo al relato de Walker ante la Justicia, fueron muchos años trabajando en puestos mal remunerados y sometido a la incertidumbre económica. 


El 28 de Abril de 2015, la Justicia falló a favor de Juan Santiago Walker y ordenó que se le devolviera su puesto de trabajo en el Estado o se procediera a abonarle el dinero que se le adeudaba por haberlo despedido sin causa. 


Armado con el fallo de la Justicia, Walker pidió ser reincorporado a la Aduana con una nota dirigida a la Dirección de Asuntos Legales Administrativos el 25 de Septiembre de 2012.



Probada su inocencia, correspondía por ley que fuera repuesto en su cargo y le fueran pagados los sueldos desde el momento en que fuera echado injustamente, tal como lo había declarado la justicia en sucesivos fallos.


El empleado a cargo de los asuntos legales de la Aduana, Guillermo A. Sorrentino, rechazó el pedido de Walker calificándolo de “improcedente”.


El 8 de Julio de 2013 Walker volvió a reclamar su reintegro de a Marisa Virzi, titular de la Dirección de Personal de Aduanas.


El resultado fue igual de inútil.


En todo momento, los abogados de la AFIP rechazaban cada pedido argumentando que se trataba de un pedido “improcedente” o “perimido”, por considerar que ya había pasado mucho tiempo como para considerar válido el pedido de Walker.


El abogado de Walker, el Dr. Santiago Ruiz Rocha, decidió reforzar su pedido con un informe emitido por el Hospital Universitario Austral el 17 de Marzo de 2015, en el que se demostraba que sufría una lesión en el cuerpo y cuello del páncreas compatible con cáncer y que su supervivencia estaba en serio riesgo.



Lejos de conmoverse, los abogados de la AFIP rechazaron tal urgencia y se refirieron al cáncer de páncreas como una “grave enfermedad presuntamente acreditada por el demandante”. 


Todo esto sucedía mientras los gastos provocados por el tratamiento médico se multiplicaban y Walker se veía impedido de generar ingresos por su evidente dificultad para trabajar.



De allí que el éxito de su demanda era, para ese momento, mucho más urgente que un mero reclamo laboral o económico. 


Y no se trataba de una demanda económica solamente; difícilmente un enfermo terminal que apenas podía resistir con la asistencia de la morfina, pudiera ser acusado de pretender dinero para viajar o darse otro lujo que el intentar llegar al otro día.



Aún así, en los textos de los abogados de la AFIP y su Director, se acusa sutilmente al demandante de tener pretensiones materiales exageradas.


Para darse una idea de lo que había dejado de percibir Walker por su cargo tras ser despedido sin causa, la liquidación de la demanda indica que tras 20 años de litigio en total se le adeudan arg $ 16.373.433,19 que corresponden a salarios, antigüedad, preaviso e indemnizaciones con su respectiva actualización por intereses por dos décadas de reclamo.



Ahora bien, si se considera el costo de las dilaciones judiciales y el daño moral provocado por la decisión de afectar la vida de Walker en lugar de dar lugar a sus reclamos, el valor total de lo adeudado al ex agente escala a los 24.912.029,95 de acuerdo a la estimación de la demanda aprobada por la Justicia. 


Ese valor representa un intangible difícil de estimar, si se considera que además de obligar a Walker a llevar un estilo de vida inferior provocado por una falsa imputación, se volvía más urgente porque los costos del tratamiento de su dolencia se incrementaban con el paso de cada día.



El abogado de Walker, en los escritos a favor de su defendido, presentó como argumento constante lo que consideraba una evidente afectación de los Derechos Humanos de Juan Santiago Walker, al privársele de la oportunidad de recibir aquello que consideraba justo y la oportunidad de limpiar su legajo, tal como lo indicaban las pruebas judiciales a las que accedió (Eliminando Variables).



Ahora bien, aquella lesión de Walker fue al mismo tiempo una corroboración de su situación apremiante y un riesgo judicial.



Si el demandante moría en el trámite, su esposa debería recibir 20 sueldos como compensación de parte de la repartición estatal, por lo que las postergaciones posteriores a la presentación del informe del Hospital Austral, eran una mera especulación de la AFIP para apostar a favor de un desenlace fatal antes que a un fallo definitorio.


La diferencia era tan grande en contra de Walker, que su abogado, Ruiz Rocha, decidió apurar los tiempos judiciales con una serie de presentaciones para lograr una pronta respuesta judicial.


En un pedido ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 25 reclamó que se le aplicara una multa tanto a la AFIP como a Ricardo Echegaray por entender que estaban dilatando una solución y que era suficiente que su cliente hubiera estado 7.665 días despedido, de los cuales 6.570 estuvo procesado siendo inocente.


La acción de la demanda tuvo su efecto. El 28 de Mayo de 2015 el juzgado laboral N° 25 decidió aplicar la figura de “astreintes”.



Ese procedimiento es utilizado para multar a las personas e instituciones que se niegan a obedecer un fallo judicial.


Es lo que les sucedió, por ejemplo, a la funcionaria Cristina Caamaño, Secretaria de Seguridad Operativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, obligada por el Juez Luis Armella en 2009 a pagar arg $ 500 diarios de su sueldo por negarse a desalojar un asentamiento en la barrio porteño de Villa Soldati.


Los astreintes, fueron también aplicados a 4 funcionarios del gobierno nacional que integran el ACUMAR (responsables de llevar adelante el saneamiento de la cuenca del Riachuelo- Matanza). En ese caso, el mismo juez les fijó una multa de arg $5000 diarios por incumplir con la tarea que se les había encomendado. 


En el caso Walker, se invocó la figura de los “astreintes” para aplicar una multa aún más elevada que en el caso ACUMAR.



El fallo del 28 de Mayo ordenó descontar arg $ 5.000 diarios del sueldo de Ricardo Echegaray en tanto no cumpliera la orden de reincorporar al ex empleado de la Aduana de Paso de los Libres e impuso una multa diaria de igual monto a la AFIP hasta que ambos se avinieran a cumplir con la justica. 


Apelación de abogados de la AFIP por el caso Walker



En otras palabras, Echegaray fue obligado a sufrir un descuento de arg $ 155.000 mensuales.



Si se considera que por el Decreto 484/87 no se puede embargar más de un 20% del sueldo si supera el Salario Mínimo Vital y Móvil, es posible imaginar a cuánto asciende el salario del recaudador de impuestos.


Sumando lo que debían pagar Echegaray y la AFIP, la tozudez para aceptar un fallo que les resultó desfavorable demandaban arg $ 10.000 cada 24 horas, mitad de la cual era pagada con dinero de los contribuyentes. 



Con mi sueldo, NO



El embargo de su sueldo tuvo un efecto inesperado en Echegaray al provocar por primera vez en mucho tiempo una reacción diferente de la oficina de impuestos ante el caso Walker.



Luego de años de apelar sin éxito, de insistir en la legalidad del despido de su ex empleado y de presentar medidas cautelares que fueron desechadas, decidieron ponerle un punto final que desnudó por completo su burla por la situación terminal de Walker.


El 19 de Junio de este año firmó la Resolución 271/ 15 que ordenó reincorporar a Juan Walker en su cargo y reconocerle la categoría A7 que le correspondía según el trámite judicial. 



Y el acto final de Echegaray fue típico de lo peor de la viveza criolla.



El hombre que "lucha para desarticular las trampas de los contribuyentes a la hora de no pagar sus obligaciones tributarias", sacó un as de la manga que hizo que superara al más audaz de todos los evasores:


Luego de aprobar la resolución para regresar a Walker, firmó otra más para despedirlo. Y para echarlo nuevamente invocó aquella medida disciplinaria que lo había dejado cesante en 1994, reponiendo toda la carga acusatoria contra quien ya había sido exonerado de toda culpa por la Justicia. 


Fue un acto de prestidigitación judicial que le privó a Walker de toda posibilidad de su reivindicación por aquella falla que nunca cometió y de cobrar la totalidad de lo que había reclamado durante 21 años.


Al haber repuesto a Walker en su cargo, Echegaray cumplió con la Justicia y evitó el embargo sobre su sueldo.



Fue una jugada calculada además para evitar que se siguiera afirmando que incumplía los fallos judiciales y, al mismo tiempo, privar a Walker de una parte sustancial de su indemnización, ya que la demanda por despido sin causa pasaría ahora a correr a partir del más reciente despido. 


Y así, con un artilugio legal, el equipo de abogados de la AFIP apostó a ganador al saber que el tiempo corría en contra de Walker y que su muerte inminente provocaría un ahorro importante en la indemnización y las costas que debía pagar.



Como si todo esto no fuera suficiente para hacer más tristes los días finales de Walker, la agencia presentó una apelación para que revisara el caso a la Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en donde, entre otros jueces, presta servicio desde enero de 2011 Graciela Lucía Craig, madre de Mariano Recalde, el presidente de Aerolíneas Argentinas.



Ese cuerpo, aun luego de ser notificado del estado terminal de Walker, tardó dos meses en dar un dictamen y cuando lo hizo emitió una opinión de cuatro carillas basada en la opinión del Fiscal General, en lugar de elaborar uno propio.


El fallo a favor de Echegaray y la AFIP de la Sala 6 llegó el viernes 4 de Septiembre de 2015 y dejó al demandante con el único recurso de apelar ante la Corte Suprema de Justicia. No hubo tiempo, Santiago Walker murió al día siguiente y con él la posibilidad de continuar adelante con la lucha judicial. Esa fue la extremaunción que le dieron la Justicia y los abogados de la AFIP. 



Así, de la forma más dura y cruel, termina esta historia sobre el enfermo de Echegaray.


En Twitter: @EliminandoV



http://www.eliminandovariables.com/2015/09/el-enfermo-de-echegaray-el-caso-walker.html

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